La invalidez de la orden de detención dictada por la justicia de amparo reabre el debate sobre la jurisdicción de los presuntos delitos financieros.
El pleito judicial por los contratos de refinanciamiento de la deuda de Chihuahua en el sexenio de Javier Corral se trasladó de forma definitiva al ámbito federal. Una jueza federal emitió un amparo a favor del consultor externo José Pedro López Elías, dejando sin efecto la orden de captura de la fiscalía local. El centro del debate social e institucional consistía en determinar si el pago de 98.6 millones de pesos al despacho López Elías Finanzas Públicas constituía un peculado contra el erario de Chihuahua. Si bien la fiscalía anticorrupción local persiguió penalmente el hecho, la Jueza Décimo de Distrito determinó que las autoridades estatales vulneraron el marco competencial de la Constitución federal. El amparo se fundamenta en un fallo previo de un Tribunal Colegiado que declaró que todos los hechos vinculados a esta reestructura presupuestal competen de forma estricta a un juez penal federal. De esta manera, el juez de control local del Distrito Morelos se ve obligado por mandato constitucional a recular y admitir formalmente que no posee las facultades para emitir el acto de molestia. La opinión pública y los organismos ciudadanos siguen de cerca el caso.
Esta resolución representa un freno procesal relevante para los organismos fiscalizadores de Chihuahua. El expediente no se cierra, sino que será analizado en su totalidad bajo las leyes y tribunales de la federación mexicana.
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